Mediante la Decisión 20086/855/CE se han establecido restricciones en diversos Estados miembros por motivo la peste porcina clásica. A través de esta Decisión ha quedado prohibido el envío de cerdos vivos, semen, embriones y óvulos, salvo una serie de excepciones, desde determinadas regiones de Alemania, departamentos de Francia, zonas de Eslovaquia y varios condados de Hungría.
Se ha permitido el envío de animales vivos a otras zonas restringidas, bajo ciertas medidas, y la carne fresca de cerdo desde las explotaciones que estén establecidas en estas áreas junto a los preparados y productos cárnicos, que podrán ser enviados a otros Estados miembros de la UE.
Se ha prohibido el envío de cerdos vivos desde Bulgaria, admitiéndose el envío de carne fresca bajo determinadas medidas (falta de brotes de ppc en los últimos 12 meses en la explotación de origen y explotaciones fuera de zona de protección o vigilancia, entre otras).
Esta Decisión, disponible en la sección de legislación, será de aplicación hasta finales de 2009.